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RECARGA DE EXTINTORES

 

 

 

Marco legal

 

A partir del 17 de julio del 2007, entro en vigor la Norma Ofcial Mexicana NOM-154-SCFI-2005, la cual rige a todos los talleres de recarga y mantenimiento a extintores. A partir de dicho momento, es obligatorio que el prestador de servicios cuente con un Dictamen Favorable en el cumplimiento de dicha norma.

 

En DSI realizamos dichas recargas con el Dictamen de Cumplimiento No. SEI-0890207 (vigencia de Octubre 2014 a Octubre 2015). bajo la Norma Mexicana mencionada; garantizando la confiabilidad de sus componentes.

 

 

Es importante que cada año Usted realice el mantenimiento correspondiente a su equipo extintor. 

 

 

 

 

Alcance

 

Conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-154-SCFI-2005 y con el Dictamen de Cumplimiento No. SEI-0890207

 

 

 

 

TIPO Y CARACTERISTICAS GENERICOS DEL EXTINTOR Y EXTINGUIDOR

 

 

CATEGORIA 1

Recipiente del extintor presurizado permanentmente, conteniedno como agente extinguidor agua, gua con aditivos, espuma y agua.

CATEGORIA 2

Recipiente del extintoer presurizado permanentemente, conteniedno como agente extinguidor polvo quimico seco, agentes limpios, quimico humedo.

CATEGORIA 3

Extintor que contiene como agente extinguidor agua, agua con aditivos, espuma y agua, y se presuriza al momento de operarlo, por medio de gas contenido en cartuchos.

CATEGORIA 4

Extintor que contiene como agente extinguidor polvo quimico seco, y se presuriza al momento de operarlo, por medio de gas contenido en cartuchos o capsulas externas; presurizandose al abrir la valvula del cartucho (segun NOM-154-SCFI-2005)

CATEGORIA 5

Extintor que contiene boixido de carbono como agente extinguidor, y todos los cartuchos o capsulas de los extintores categoria 3 y 4.

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Capacidad Instalada

 

Nuestras instalaciones estan adaptadas para recargar una cantidad de 300 extitores semanlanmente.

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